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AN, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 14/2020, de 10 de febrero. Recurso 148/2019

Ponente: RAMON GALLO LLANOS
SP/SENT/1042253
 Se condena a la empresa a eliminar la practica de solicitar a los trabajadores de nueva incorporación un certificado o declaración de no estar incursos en antecedentes penales. Tratamiento ilícito de datos de carácter personal
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. - Según consta en autos, el día 13 de junio de 2019 se presentó demanda sobre conflicto colectivo, dicha demanda fue registrada bajo el número 148/2019.
Segundo.- Por Decreto de fecha 17 de junio de 2019 se señaló el día 10 de septiembre de 2019 para la celebración de los autos de conciliación y juicio.
Previas solicitudes de suspensión del señalamiento por las partes, finalmente se fijó como fecha para los actos de conciliación y juicio el día 5 de febrero de 2020.
Tercero.- Los actos de conciliación y juicio, tuvieron lugar el día previsto para su celebración, y resultando la conciliación sin avenencia, se inició el acto del juicio en el que:
La letrado de ASTSP se afirmó y ratificó en su demanda solicitando se dictase sentencia en la que se condene a la empresa a eliminar la práctica de todos sus centros de trabajo de solicitar a los trabajadores de nueva incorporación, un certificado o declaración de no estar incurso en antecedentes penales, y se le condene a estar y pasar por dicha declaración.
En sustento de su pretensión alegó que el presente conflicto afecta a los trabajadores de la demandada que prestan servicios en todos los centros de trabajo que explota la misma en diferentes Comunidades Autónomas.
Adujo que se impugna la práctica empresarial en virtud de la cual se requiere al personal subrogado de ot