CARGANDO...

TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 233/2021, de 18 de enero. Recurso 3892/2020

Ponente: LUIS REVILLA PEREZ
SP/SENT/1094308
 Vulneración del derecho a la intimidad y de la protección de datos personales: uso de las cámaras de video-vigilancia para el seguimiento del trabajador sin sospecha concreta, ni consentimiento, ni haber informado al trabajador sobre su finalidad
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Indebida fijación de intereses moratorios por indemnización por despido improcedente: la compensación del daño que repara al momento en que se fija no necesita del establecimiento de intereses para la compensación del total perjuicio
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido disciplinari, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 3 de junio de 2020 que contenía el siguiente Fallo:
"Que estimando la demanda de despido interpuesta por la parte actora debo declarar y declaro improcedente el despido articulado sobre el mismo, con efectos de 12/11/2019, condenando a la empresa SEPALEMEME SLU, a estar y pasar por la anterior declaración y a optar, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, entre readmitir a la parte actora en el mismo puesto y condiciones de trabajo que regían antes de producirse el despido o a abonarle la indemnización que se señalará. Entendiéndose que, caso de no optar, procederá la readmisión; con abono, en caso de readmisión, de los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la notificación de la sentencia a la demandada a razón de 76,96 €; diarios. En cualquier caso se abonará el interés legal anual del dinero desde el despido hasta la fecha de la presente resolución.
Sonsoles: 6.349,20 €;"
SEGUNDO.- En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
"PRIMERO.- La parte actora tiene los s