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AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, de 18 de junio de 2021. Recurso 1454/2020

Ponente: MARIA LUZ LOURDES SANZ CALVO
SP/SENT/1107195
 Inadmisibilidad por falta de legitimación de denunciante ante la AEPD, al no ser directamente afectada por el acto administrativo; carece tanto de un derecho subjetivo como de un interés legítimo a que prospere su denuncia
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Interpuesto el recurso Contencioso-administrativo ante esta Sala de lo Contencioso administrativo de la Audiencia Nacional y turnado a esta Sección, fue admitido a trámite, reclamándose el expediente administrativo, para, una vez recibido emplazar a la actora para que formalizara la demanda, lo que así se hizo en escrito en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho qué consideró oportunos, terminó suplicando que se dicte sentencia por la que admitiendo el recurso se acuerde declarar la resolución recurrida contraria a Derecho y se anule y por lo tanto " acuerde que procede sancionar a ACCEM por infracción leve, grave o muy grave, en proporción y/o ponderación de la gravedad de los datos facilitados por la citada asociación a terceros sin permiso ni aviso de la hoy recurrente".
SEGUNDO.- El Abogado del Estado, en su escrito de contestación a la demanda, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho qué consideró aplicables, solicitó se dice sentencia por la que se inadmita el presente recurso por falta de legitimación o, subsidiariamente, se desestime confirmando íntegramente la resolución impugnada por ser conforme a Derecho.
TERCERO.- So licitado el recibimiento del recurso a prueba, por Auto de 11 de mayo de 2021, se admitió la documental I y IV, siendo denegada la restante documental propuesta por las razones expuestas en el citado Auto, que no ha sido recurrido.
CUARTO.-