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AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, de 29 de octubre de 2021. Recurso 525/2020

Ponente: FERNANDO DE MATEO MENENDEZ
SP/SENT/1121495
 Motivación: justificación de las razones por las que se acuerda el archivo de la reclamación sobre el derecho de acceso a datos personales
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 La parte recurrente carece de legitimación para el ejercicio de la potestad sancionadora por incumplimiento de la normativa de protección de datos; requiere de una de una específica habilitación que no se acredita en esta materia
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el día 25 de noviembre de 2021 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia, "en virtud de la cual declare no ser conforme a Derecho la resolución administrativa impugnada y en su consecuencia la anule o revoque, condenando a la Agencia Española de Protección de Datos a iniciar un procedimiento sancionador de los hechos objeto de la denuncia presentada por mi patrocinada, con la consiguiente apertura de una investigación para el esclarecimiento de los hechos denunciados, y todo ello, con expresa condena para la parte demandada si se opusiera".
SEGUNDO .- Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a las partes demandadas para que la contestaran en el plazo de veinte días, lo que realizaron mediante los pertinentes escritos, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimaron pertinentes, solicitando que se dictara sentencia en cuya virtud se declarara la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo o, subsidiariamente, se desestimara, con imposición de costas a la parte recurrente.
TERCERO .- Mediante Auto de 16 de junio de 2021 se acordó el recibimiento a prueba del recurso, admitiéndose la prueba do