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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 4.ª, 168/2022, de 10 de febrero. Recurso 141/2021

Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
SP/SENT/1132191
RESUMEN

DERECHOS FUNDAMENTALES. ARTICULO 23 DE LA CC. Derecho de Diputados a obtener información en ejercicio de función de control al Gobierno. No satisfacción extraprocesal. Posibles límites.

 La identidad del personal de confianza que desempeñó las secretarías de la Presidencia, de los Consejeros y de la Secretaría General del Tribunal de Cuentas debe ceder ante su derecho a la protección de datos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El presente recurso contencioso-administrativo se interpuso contra la resolución de denegación material dictada por el Gobierno de España de una solicitud de información parlamentaria presentada por los señores diputados en el Registro de la Cámara con fecha 4 de marzo de 2021.
SEGUNDO.- Recibido el expediente administrativo, y con entrega del mismo a la parte recurrente, se confirió trámite para la formulación del correspondiente escrito de demanda.
En el escrito de demanda se solicita que se dicte sentencia por la que "se ESTIME este recurso y se declare no ser conforme a Derecho y, en consecuencia, NULA la "RESPUESTA DEL GOBIERNO (186) SOLICITUD DE INFORME A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO CONGRESO 186/2629" fechada el 26/4/2021; REQUIRIÉNDOSE a la Administración demandada para que, en un plazo no superior a 30 días, remita la información solicitada; todo ello con imposición de las costas a la Administración demandada."
TERCERO.- Conferido traslado de la demanda a la Administración General del Estado, se presentó escrito de alegaciones en el que suplica que:
" 1º.- Dicte resolución decidiendo que la competencia para el conocimiento de este asunto corresponde a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid con remisión a la misma de las presentes actuaciones y emplazando a las partes ante ella.