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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, de 8 de octubre de 2020. Recurso 146/2020

Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
SP/AUTRJ/1069859
 Sistema de salud y "personal vinculado": ¿tiene la doble condición de personal universitario y estatutario? Aunque se le negara cualidad de estatutario, ¿puede optar a jefaturas de servicio asistencial en instituciones sanitarias?
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Dña. Esmeralda siguió Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Murcia, el recurso contencioso administrativo 163/2018 contra la Orden de la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de fecha 1 de febrero de 2018, desestimatoria del Recurso de alzada interpuesto contra la resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se aprueba la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la provisión, por concurso de méritos, de diversas jefaturas de servicio asistenciales en diferentes hospitales dependientes del Servicio Murciano de Salud, que fue convocado por la resolución de 24 de mayo de 2017, del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud (BORM n.º 121/2017, de 27 de mayo). Compareció como parte demanda el Servicio Murciano de Salud, siendo codemandado D. Cipriano.
Dña. Esmeralda, que como Catedrática de la Universidad de Murcia viene prestando servicios con plaza asistencial vinculada en el Servicio Murciano de Salud (Jefa del Servicio Oftalmología del Hospital General Universitario Reina Sofía) resultó excluida de la convocatoria por "no cumplir el requisito establecido en el punto 1.1 de la base específica primera de la convocatoria" porque no tiene la condición de personal fijo del Sistema Nacional de Salud, dado que su relación jurídica es de "vinculado".
SEGUNDO.- El recurso contencioso administrativo fue desesti