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TS, Sala Primera, de lo Civil, 556/2019, de 22 de octubre. Recurso 1896/2016

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN
SP/SENT/1024101
 La asistencia al parto se realizó en una clínica y por un profesional pertenecientes al cuadro de la aseguradora que responde por incumplimiento de la obligación de garantizar una correcta atención
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 Se imponen los intereses de demora ya que fue la aseguradora la que autorizó el traslado del recién nacido a un hospital público por lo que era conocedora del siniestro
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El 18 de junio de 2013 se presentó demanda interpuesta por D. Jose Pedro, en su propio nombre y en el de su hijo menor de edad D. Jose Daniel, contra Sanitas, Sociedad Anónima de Seguros, solicitando se dictara sentencia con los siguientes pronunciamientos:
"[...] se condene a la entidad demandada SANITAS S.A. DEL SEGURO al pago a la parte actora de una indemnización por los daños y perjuicios irrogados de un millón seiscientos treinta seis mil trescientos tres euros (1.636.303. euros) de secuelas, más una pensión vitalicia de 450. euros mensuales, que se actualizarán anualmente conforme al IPC, para gastos, tal y como se desglosa en las pg 13 de esta demanda, más intereses que se calcularán siguiendo el Criterio de Ley de Contratos de Seguros. Más costas del procedimiento y todo a lo que lugar hubiera".
SEGUNDO.- Repartida la demanda al Juzgado de Primera Instancia n.º 13 de Sevilla, dando lugar a las actuaciones n.º 945/2013 de juicio ordinario, y emplazada la entidad demandada, esta compareció y contestó a la demanda alegando la excepción de falta de legitimación pasiva y, subsidiariamente, la de falta de litisconsorcio pasivo necesario, y solicitando también la desestimación de la demanda por razones de fondo, con imposición de costas a la parte demandante.
TERCERO.- Recibido el pleito a prueba y seguido por sus trámites, el magistrado-juez del mencionado juzgado dictó sentencia el 13 de mayo