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TS, Sala Cuarta, de lo Social, 523/2021, de 12 de mayo. Recurso 3484/2018

Ponente: ROSA MARIA VIROLES PIÑOL
SP/SENT/1099349
RESUMEN

SERVICIO ANDALUZ DE SALUD (SAS). Cesión ilegal de trabajadores en contrata de servicios para asistencia técnica informática para la Administración Pública. Aplica doctrina. Mismo debate, misma sentencia de contraste STS/IV 10/02/2021 (rcud. 3485/2018).

 SERVICIO ANDALUZ DE SALUD: cesión ilegal de trabajadores en contrata de servicios para asistencia técnica informática para la Administración Pública
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 23 de marzo de 2016, el Juzgado de lo Social nº 1 de Almería, dictó sentencia en la que consta la siguiente parte dispositiva: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Letrado D. Juan Manuel Ortiz Pedregosa, en nombre y representación de Dª. Juana, debo declarar y declaro la nulidad del despido de que fue objeto la actora y debo condenar y condeno a las mercantiles demandadas UTE APS ANDALUCIA DIASOFFT SADIEL NOVASOF, a través de las empresas NOVASOFT INGFENIERIA, S.A. declarada en concurso. DIASOFFT-SAD1EL-NOVASOF, a través de las empresas, NOVASOFT INGENIERÍA SA, declarada en concurso, DIASOFT S.L. (actual NOVASOFT TIC S.L.) y SADIEL TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN S.L. (cuya actual denominación es la de AYESA ADVANCED TECHNOLOGIES, S.A.), UTE FUJITSU TECHNOLOGY SOLUTIONS INGENIERÍA E INTEGRACIÓN AVANZADAS (INGENIA), a través de las empresas que la integran FUJITSU TECHNOLOGY SOLUTIONS S.A. e INGENIERÍA E INTEGRACIÓN AVANZADAS (INGENIA) S.A. y empresa NOVASOFT EQUITY INVESTMENR S.L., solidariamente a readmitir a la trabajadora en su puesto de trabajo, abonándole los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido el día 15 de octubre de 2.014, hasta que la readmisión tenga lugar a razón de 42,74 €; diarios y debo absolver y absuelvo al SERVICIO ANDALUZ DE SALUD y a la Administración Concursal HISPANOCONTROL PROCEDIMIENTOS CONCURSALES, S.L. de la acción frente a las mismas formulada, estimando en la primera, la excepción de falta de legitimación pasiva, y