CARGANDO...

TS, Sala Primera, de lo Civil, 683/2018, de 4 de diciembre. Recurso 2123/2016

Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
SP/SENT/981942
 El criterio de imputación del art. 1902 CC no afecta a la ratio decidendi de la sentencia recurrida, que se sustenta en los arts. 147 y 148 del TRLGDCU sobre prestación defectuosa del servicio sanitario
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- Dña. Valentina, representada por la procuradora Dña. Amanda Tormo Moratlla y asistida del letrado D. Álvaro Campos Jiménez, interpuso demanda de juicio ordinario contra D. Luis Antonio y la Clínica Dorsia y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al juzgado se dictara sentencia:
"Por la que condene a que los codemandados indemnicen conjunta y solidariamente a la actora en la cantidad de once mil cuatrocientos noventa y dos euros con veintiocho céntimos (11.492,28.-€;) que corresponde a la indemnización según Resolución de 2012 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones por las que publican las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultan de aplicar durante el 2012 el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidente de circulación; y la de dos mil novecientos euros (2.900.-€;) que corresponde al coste de la operación y prótesis nuevas y sumado hace una cantidad total de catorce mil trescientos noventa y dos euros con veintiocho céntimos (14.392,28.-€;) así como al pago de los intereses y las costas procesales".
2.- El demandado D. Luis Antonio, representado por la procuradora Dña. Carmen Lozano Pastor y bajo la dirección letrada de D. José Lledo Bosch, contestó a la demanda y oponiendo las excepciones, los hechos y los fundamentos de derecho que co