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 Derecho de los Negocios y Compliance

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, de 14 de julio de 2021. Recurso 7939/2020

Ponente: DIMITRY TEODORO BERBEROFF AYUDA
SP/AUTRJ/1107897
RESUMEN

Procedimientos tributarios. Derivación de responsabilidad. La posibilidad que brinda el artículo 174.5, primer párrafo de la LGT, de impugnar, en el recurso o reclamación contra el acuerdo de derivación de responsabilidad el presupuesto de hecho habilitante y las liquidaciones a las que dicho presupuesto alcanza queda excepcionada o puede ser de algún modo restringida si el responsable era administrador de la sociedad cuando se produjo el hecho imponible o se cometieron los hechos sancionados cuya responsabilidad se le deriva.

 Capacidad impugnatoria del acto de derivación de responsabilidad por el administrador de la sociedad cuando se produjo el hecho imponible o se cometieron los hechos sancionados cuya responsabilidad se le imputa: interés casacional objetivo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Preparación del recurso de casación.
1. La procuradora doña Lourdes Trella López, en representación de don Gabino, preparó recurso de casación contra la sentencia dictada el 29 de junio de 2020 por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, que desestimó el recurso 661/2018, promovido contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía de 26 de abril de 2018, por la que, a su vez, se había desestimado la reclamación económico-administrativa interpuesta contra el acuerdo por el que se declaró a don Gabino responsable solidario, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.1.c) de la LGT, del pago de las obligaciones tributarias pendientes de la sociedad PAVIPROMA S.L., con un alcance de la responsabilidad declarada de 118.858,14 €;.
2. Tras justificar la concurrencia de los requisitos reglados de plazo, legitimación y recurribilidad de la resolución impugnada, identifica como infringidos:
2.1. El artículo 174.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE de 18 de diciembre) ["LGT"], y la jurisprudencia que lo interpreta citando al efecto las sentencias de 13 de marzo de 2018 (RC/53/2017; ECLI:ES:TS:2018:949) y 3 de abril de 2018 (RC/427/2017; ECLI:ES:TS:2018:1277).
2.2. El artículo 124.4 del Real Decreto 939/2005, de 29