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 Derecho de los Negocios y Compliance

SP/DOCT/116491

Artículo Monográfico. Julio 2022

Paralelismos, divergencias, retos comunes e intersecciones entre Protección de Datos y Propiedad Industrial

José López Calvo. Doctor en Derecho. Administrador Civil del Estado. Ex Director de la OEPM y ex Subdirector General de Inspección de Datos (AEPD).
RESUMEN

Protección de datos de carácter personal y propiedad industrial son disciplinas frecuentemente relacionadas. El autor analiza la diferente respuesta que han recibido ambos derechos en el tiempo, los retos e incógnitas dimanantes de las nuevas tecnologías de información y, en especial, de la opacidad de los algoritmos y, finalmente, repasará tres aspectos en que confluyen e incluso entran en conflicto protección de datos y propiedad industrial: la divulgación de los datos incluidos en el BOPI y eventualmente en los expedientes de los diferentes títulos de propiedad industrial; el tratamiento de las Ips (dato personal) a efectos de defensa de los derechos de propiedad industrial y la posibilidad de que, especialmente los profesionales, puedan tratar los datos publicados en el BOPI para ofrecer sus servicios.

PALABRAS CLAVE

Protección de Datos; propiedad industrial; nuevas tecnologías; compatibilización de la legislación de Propiedad Industrial y de protección de datos.

Introducción. Protección de datos de carácter personal y propiedad industrial: la premisa de dos monopolios frente a terceros
Protección de datos de carácter personal y propiedad industrial (y los sistemas establecidos para su garantía) tienen una relación mayor de la que habitualmente se percibe.
Son dos disciplinas, conceptos y armazones institucionales y jurídicos que tienen como objeto garantizar, frente a terceros, la libre disposición de dos bienes jurídicos, eso sí, diferentes.
En el caso de protección de datos de carácter personal, su objeto principal es la "autodeterminación informativa". Garantizar el principio según el cual los datos –cualquier información sobre una persona identificada o identificable- son titularidad del afectado, quien decide aquellos que pone a disposición o no: para abrir una cuenta corriente, recibir publicidad personalizada...
En el caso de la propiedad industrial, como es sabido, se protegen los derechos que puede poseer una persona física o jurídica sobre una invención (patente, modelo de utilidad, topografía de productos semiconductores, certificados complementarios de protección de medicamentos y productos fitosanitarios) sobre un diseño industrial o sobre un signo distintivo.
Sin que, en ninguno de los dos casos, como ocurre con todos los derechos salvo la vida, tales derechos revistan carácter absoluto, sino que se encuentran condicionados por contrapesos y limitaciones establecidas por el Ordenamiento Jurídico para salvaguardar y conciliarlos con los derech