CARGANDO...

 Derecho de los Negocios y Compliance

SP/DOCT/119517

Opinión. Junio 2022

La acción directa del transportista efectivo frente al cargador principal en caso de concurso del porteador

Juan M Carrillo. Abogado. Sepín Mercantil y Concursal
RESUMEN

En las presentes líneas nos acercamos al contrato de transporte terrestre y en concreto a la variedad en la que intervienen distintos porteadores subcontratados para ver los problemas que ello puede generar en cuanto al cobro del servicio y la garantía para ello a través de la acción directa de estos frente al cargador, incluso en el caso de que el porteador se encuentre en situación de concurso de acreedores.

In the present lines we approach the contract of land transport and specifically the variety in which different subcontracted carriers intervene to see the problems that this can generate regarding the collection of the service and the guarantee for it through the direct action of these against the shipper, even in the case that the carrier is in a situation of insolvency.

PALABRAS CLAVE

responsabilidad, concurso porteador, cargador, transportista, acción directa

Podemos encontrar la definición del contrato de transporte de mercancías en el artículo 2 de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías (SP/LEG/5733), que dispone en su apartado 1: "El contrato de transporte de mercancías es aquél por el que el porteador se obliga frente al cargador, a cambio de un precio, a trasladar mercancías de un lugar a otro y ponerlas a disposición de la persona designada en el contrato".
En el contrato de transporte intervienen distintas partes que aparecen definidos en el artículo 4 de la citada Ley de manera clara, así dispone: "Sujetos.
1. Cargador es quien contrata en nombre propio la realización de un transporte y frente al cual el porteador se obliga a efectuarlo.
2. Porteador es quien asume la obligación de realizar el transporte en nombre propio con independencia de que lo ejecute por sus propios medios o contrate su realización con otros sujetos.
3. Destinatario es la persona a quien el porteador ha de entregar las mercancías en el lugar de destino.
4. Expedidor es el tercero que por cuenta del cargador haga entrega de las mercancías al transportista en el lugar de recepción de la mercancía".
Es frecuente que en esta modalidad de contrato de transporte puedan intervenir más de