CARGANDO...

 Derecho de los Negocios y Compliance

AN, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 212/2021, de 14 de octubre. Recurso 162/2021

Ponente: RAMON GALLO LLANOS
SP/SENT/1117560
 Grupo Naturgy: bonus: procede su abono porque la empresa no comunicó de forma nítida los objetivos que debían cumplirse para lograrlo
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. - Según consta en autos, el día 14.05.2021 se presentó demanda por SINDICATO INDEPENDIENTE DE LA ENERGÍA (SIE) sobre CONFLICTO COLECTIVO.
Segundo. - Dicha demanda fue registrada con el número 162/2.021 por Decreto de fecha 17 de mayo de 2021 en el que se fijó como fecha para los actos de conciliación y juicio el día 29 de septiembre de 2021
Tercero. - Los actos de conciliación y juicio, tuvieron lugar el día previsto para su celebración, y resultando la conciliación sin avenencia, se inició el acto del juicio en el que:
El letrado de SIE se afirmó y ratificó en su escrito de demanda solicitando se dictase sentencia en la que Se declare el derecho al abono del incremento general por Productividad e incremento adicional condicionado para el año 2020, según lo dispuesto en el artículo 57 del II Convenio colectivo de Gas Natural Fenosa, S.A., Se condene a la empresa al abono de dichos incrementos relativos al año 2020 y se impongan las costas del proceso por importe de 600€; a las empresas demandadas como consecuencia de la no asistencia al acto de conciliación previa en virtud de lo dispuesto en el artículo 66.3 LRJS, a pesar de constar que se encontraban debidamente citadas.
Adujo que SIE tiene suficiente implantación en el seno del Grupo Naturgy en cuyo seno se regulan las relaciones laborales con arreglo al II Convenio colectivo de la empresa Gas Natural Fenosa.