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TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 91/2017, de 15 de febrero. Con Comentarios

SP/SENT/888563

Recurso 3361/2015. Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA.

No hay intromisión por la publicación de los datos personales que identifican a la víctima de un suceso al prevalecer el derecho a la información sobre el derecho a la intimidad 
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- El procurador D. Fermán Ors Simón, en nombre y representación de D. Millán , interpuso demanda de juicio ordinario contra La Opinión de Zamora S.A., en la que solicitaba se dictara sentencia:
«[...] en la que, estimando íntegramente la demanda:
» 1) Declare que ha existido intromisión ilegítima en el derecho fundamental a la propia imagen y a la intimidad personal y familiar del demandante Don Millán por parte de la demandada La Opinión de Zamora, S.L. consistente en la publicación de los datos personales y fotografías a que se refiere el hecho Cuarto de este escrito de demanda.
» 2) Declarar que, como consecuencia de la anterior intromisión ilegítima del derecho a propia la imagen (sic) y la intimidad personal y familiar, se ha causado daño moral al demandante, que se valora en la suma de treinta mil euros (30.000,00.- €;), o en la que estime el Tribunal haciendo uso de la facultad moderadora.
» 3) Condene a la parte demandada a estar y pasar por las anteriores declaraciones y, en su consecuencia:
» 4) Condena a la demandada a abonar a la parte actora la suma de treinta mil euros (30.000,00 €;), o la suma que estime el Tribunal haciendo uso de la facultad moderadora, así como los intereses legales de esa cantidad.

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