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Familia y Sucesiones

TS, Sala Primera, de lo Civil, de 5 de julio de 2017. Recurso 91/2017

Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
SP/AUTRJ/913228
Gestión Documental
 Competencia del Juzgado de 1ª Instancia de Madrid para conocer del divorcio, por ser el lugar del último domicilio familiar y donde se encuentran todos los posibles domicilios de la demandada
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La representación procesal de don Juan Pedro presentó con fecha de 29 de julio de 2015 demanda de divorcio ante el Decanato de los Juzgados de San Bartolomé de Tirajana, contra doña Visitacion , con domicilio en Madrid, que fue turnada al Juzgado de Primera instancia núm. 4 de esa ciudad, con el número 732/2015.
SEGUNDO .- Por dicho órgano jurisdiccional, mediante diligencia de ordenación de 31 de julio de 2015, reiterada el 2 de octubre de 2015 se acordó requerir al actor para que acreditara documentalmente su último domicilio conyugal. Mediante escrito de fecha de 8 de octubre de 2015 por el demandante se presentó escrito el que se manifestaba que el último domicilio conyugal fue en la CALLE000 núm. NUM000 - NUM001 del municipio de Mogán, aunque no aportó justificación documental al respecto.
TERCERO.- Mediante diligencia de ordenación de 13 de octubre de 2015 el citado órgano jurisdiccional acordó la averiguación telemática de posibles domicilios de la demandada y dio traslado al demandante y a Ministerio Fiscal para que informasen sobre la competencia territorial. Mediante informe fechado el 20 de octubre de 2015, el Ministerio Fiscal entendió que la competencia correspondía a los juzgados de Madrid; por su parte, el demandante mediante escrito de fecha 21 de octubre de 2015, siguió manteniendo la competencia del juzgado de San Bartolomé de Tirajana
CUARTO.- Por auto de fecha de 6 de noviembre de 201
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