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Familia y Sucesiones

TS, Sala Primera, de lo Civil, 338/2022, de 28 de abril. Recurso 2804/2021

Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
SP/SENT/1145401
RESUMEN

Derecho de familia. Guarda y custodia compartida. Alimentos en favor de hijo menor: proporcionalidad.

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 Se mantiene la guarda y custodia compartida fijada por la Audiencia, que valora las circunstancias concurrentes y pondera el informe técnico que apuesta por ello, adaptándose plenamente a la doctrina de la Sala
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 Se limita la atribución del uso de la vivienda familiar, propiedad del padre, por dos años para la madre y el hijo, pues su interés es el más necesitado de protección
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 Incongruencia del Tribunal de apelación al conceder una cantidad de alimentos inferior a la aceptada por el padre, por lo que se fija la pensión en 250 € en lugar de 150
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- D. Jacinto, representado por el procurador D. Raúl Sánchez Vicente y bajo la dirección letrada de Dña. Rosa María Somolinos Rodríguez, interpuso demanda de juicio verbal en materia de derecho de familia, sobre guarda, custodia, régimen de visitas y pensión alimenticia de hijo menor, que correspondió al Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Alcobendas, registrándose como juicio verbal de derecho de familia 1224/2016; demanda interpuesta contra Dña. Luisa en la que, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al juzgado se dictara sentencia:
"Por la que, reconociendo la ruptura de la unión paramatrimonial existente hasta ahora entre las partes, se acuerden los siguientes efectos:
"Petición principal.
"1.- Guarda y custodia del menor. Que el hijo menor quede bajo la guarda y custodia compartida y bajo la patria potestad de ambos progenitores, aún cuando el ejercicio de la patria potestad lo ostente la madre por quedar el menor bajo su guarda y custodia.
"2.- Régimen de visitas para el hijo:
"A.- Los periodos de estancia del menor se distribuirán por semanas. el menor convivirá con cada progenitor en sus respectivos domicilios por semanas alternas, desde el lunes a la salida del colegio hasta el siguien
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