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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 568/2011, de 26 de octubre. Recurso 304/2011

Ponente: JOAQUIN BAYO DELGADO
SP/SENT/653202
Gestión Documental
 No se concede la compartida, no ha habido un inadecuado ejercicio de la custodia materna ni el padre no tiene una actividad que le permita acomodarse a los horarios de las niñas de 3 y 4 años, su petición es una estrategia para no fijar alimentos
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 No se pronuncia el tribunal sobre la sustitución de la atribución del uso de la vivienda familiar por otra, debe ofrecerse una cantidad determina o una vivienda cierta acudiendo a la modificación para juzgar si procede la sustitución
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda formulada por Dña. Teodora , representada por el Procurador D. Andrés Carretero Pérez, y asistida por el Letrado D. Javier Gil Miqueo contra D. Benjamín , representado por la Procuradora Dña. Mónica López Manso y asistido por la Letrada Dña. Ruth Blasco, así como la demanda reconvencional formulada por D. Benjamín representado por la Procuradora Dña. Mónica López Manso y asistido por la Letrada Dña. Ruth Blasco, contra Dña. Teodora , representada por el Procurador D. Andrés Carretero Pérez, y asistida por el Letrado D. Javier Gil Miqueo, con intervención del Ministerio Fiscal, debo DECLARAR Y DECLARO LA RUPTURA DE LA UNIÓN ESTABLE DE PAREJA formada entre Dña. Teodora y D. Benjamín , con todos los efectos legales que esta declaración conlleva, es decir, la revocación de los poderes que cualquiera de los miembros haya otorgado a favor del otro.
Y asimismo, ACUERDO las siguientes medidas complementarias:
A.- Patria potestad compartida.
B.- Guarda y custodia de las menores Leonor y Sara a la madre, Doña. Teodora .
C.-Atribuir el uso de la vivienda conyugal, sita en CALLE000 nº NUM000 , Casa de Castellar del Vallès a la madre, Doña. Teodora en compañía de sus dos hijas menores, Leonor y Sara .
D.- Régimen de visitas:
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