CARGANDO...

Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 720/2011, de 12 de diciembre. Recurso 918/2010

Ponente: ANA MARIA HORTENSIA GARCIA ESQUIUS
SP/SENT/664708
Gestión Documental
 El grado de conflictividad de las partes, la falta de comunicación y la actitud del padre desacreditando la figura materna, con quien los menores manifiestan querer seguir viviendo, desaconsejan el establecimiento de la custodia compartida
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Se desestima íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Luis contra Dña. Emma , sin efectuar especial pronunciamiento sobre las costas de este procedimiento."
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora mediante escrito motivado, dándose traslado a la contraria , quien se opuso al recurso de apelación interpuesto de adverso, habiéndose opuesto asimismo el Ministerio Fiscal, y elevándose tras los trámites legales los autos a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 9 de noviembre de 2011, con el resultado que obra en la precedente diligencia.
CUARTO.- En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ANNA MARIA GARCIA ESQUIUS.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Frente a la sentencia que desestima la demanda de modificación de medidas presentada por el padre se alza éste insistiendo en la conveniencia de modificar el sistema de custodia establecido en la anterior sentencia de sobre guarda y custodia , ya que en ésta la custodia de los hijos comunes, Misericordia, Francesc, Conrad, de 15 y Carmen, que en la actualidad cuentan 21, 17, 15 y 12 años de edad, respectivamente, se atribuía a la madre , fijándose un régimen de visitas con el padre de fines de semana alternos de viernes a domingo, más dos tardes intersemanales con pernocta en el domicilio paterno uno de ellos y festivos intersemanales, amen del reparto del disfrute de los períodos vacacionales. Como pensión alimenticia a favor de los indicados hijos se fijó a cargo del padre la cantidad de 1.358,50 euros mensuales , más la mitad de los gastos extraordinarios y coste de las matrículas. La sentencia en la que se adoptaban estas medidas se dictó en fecha 20 de junio de 2008 .
Apenas 11 meses más tarde, el padre formula solicitud de modificación alegando básicamente el deseo de los hijos que ir a vivir con él y la situación de inestabilidad emocional de la madre, y peiticionando la custodia de los hijos y la determinación de la correspondiente contribución de la madre a los alimentos de los hijos.
Subsidiariamente plantea una posible custodia compartida.
De forma reiterada y constante ha venido manteniendo l
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos