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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 416/2012, de 19 de junio. Recurso 819/2011

Ponente: JOSE PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ
SP/SENT/684686
Gestión Documental
 En beneficio del interés de los menores de 10 y 7 años se establece la custodia compartida, desde su nacimiento, incluso tras la ruptura, los progenitores han colaborado siempre en la atención, cuidado y educación de sus hijos
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 Los hijos residirán durante el curso escolar en el domicilio materno y paterno por quincenas, estarán con el padre la quincena en que la madre trabaje por las mañanas, y los fines de semanas alternos de sábado a domingo
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 Cada progenitor soportará los gastos de los hijos cuando están en su compañía ingresando además en una cuenta común, que administrará la madre, 100€ ella y 300 el padre; los gastos extraordinarios se repartirán al 50%
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 El uso de la vivienda familiar se mantiene atribuido a la madre hasta que el menor de los hijos cumpla la mayoría de edad. Las cuestiones relativas a su pago se resolverán en su caso en el juicio declarativo correspondiente
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando como estimo la demanda formulada por la representación procesal de D. Victorio representado por el Procurador de los Tribunales D. MIREIA CARRERAS TRIOLA frente a Casilda debo aprobar como medidas definitivas respecto DE LOS HIJOS MENORES DE EDAD Ambrosio Y Lina las siguientes:
Se atribuye la guarda y custodia de los hijos menores a la madre compartiendo ambos progenitores la patria potestad. El uso del domicilio familiar se atribuye (a falta de otro acuerdo entre los progenitores) a la madre e hijos bajo su custodia.
Se establece a favor del padre un régimen de visitas de fines de semana alternos desde la salida del colegio los viernes (el padre los recogerá) hasta el lunes por la mañana que reintegrará los menores al colegio. El padre dispondrá de dos días intersemanales martes y jueves en que podrá estar en compañía de sus hijos desde la salida del colegio hasta las 20 horas que los reintegrará al domicilio materno.
En las vacaciones de navidad los periodos se distribuirán al 50%. El primer periodo se inicia a la salida del colegio del último día lectivo y termina a las 20:00 horas del último día de la primera mitad. El segundo periodo se inicia a las 20:00 horas del último día de la primera mitad y dura hasta la entrada en el colegio del primer día lectivo. Al padre corresponderá la primera mitad de
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