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Familia y Sucesiones

AP Girona, Sec. 1.ª, 268/2012, de 20 de junio. Recurso 250/2012

Ponente: NURIA LEFORT RUIZ DE AGUIAR
SP/SENT/685396
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 Se mantiene la custodia compartida semanal que se viene desarrollando, garantiza el contacto de los menores con ambos progenitores y propicia un contacto más intenso del hijo de 17 años con el padre, necesario ante su trastorno de comportamiento
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 Para evitar conflictos en el futuro y asegurar al menor la atención médica y psicológica que precisa se atribuye al padre con carácter exclusivo el ejercicio de la potestad parental en relación con las cuestiones médicas
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado Primera Instancia 6 Girona (ant.CI-7), en los autos nº 1322/2011, seguidos a instancias de D. Pelayo , representado por la Procuradora DÑA. MERCÈ CANAL PIFERRER y bajo la dirección de la Letrada DÑA. MARIAN RIBAS GIRONES, contra DÑA. Rosario , representada por el Procurador D. IGNACIO ALBERTO DE QUINTANA TUEBOLS, bajo la dirección de la Letrada DÑA. ANNA DE QUINTANA PÉREZ, con intervención del MINISTERIO FISCAL, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: " FALLO: Que DESESTIMO la demanda presentada por la procuradora Dª. Mercè Canal Piferrer, en nombre y representación de D. Pelayo , y ACUERDO el mantenimiento de las medidas adoptadas en la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Gerona el 15 de febrero de 2.006 , en los autos de divorcio de mutuo acuerdo nº 37/2006.
Todo ello sin expresa condena en costas a ninguna de las partes "
SEGUNDO.- La relacionada sentencia de fecha 10 de febrero de 2012 , se recurrió en apelación por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.
TERCERO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dña. Núria Lefort Ruiz de Aguiar.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Se interpone recurso de apelación por don Pelayo contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Girona de 10 de febrero del 2012 , en la que se desestimó la modificación de las medidas reguladoras del divorcio del matrimonio formado por el apelante y doña Rosario , siendo la principal pretensión modificativa la relativa al ejercicio de la potestad parental y la atribución de la guarda y custodia que el actor solicitaba le fueran atribuidas con carácter exclusivo.
La sentencia desestima la demanda al no considerar acreditado que el sistema de guarda exclusiva solicitado resulte ser más conveniente para la protección del interés de los menores, especialmente por entender que no sería útil para evitar los problemas de conducta que presenta Aleix.
El apelante impugna la sentencia por error en la valoración de la prueba.
La apelada impugna el recurso y solicita la confirmación de la sentencia recurrida con base en sus propios fundamentos.
El Ministerio Fiscal se adhiere al recurso y solicita que le sea atribuida al recurrente la custodia exclusiva de los menores.
SEGUNDO.- Planteamiento de la cuestión.
El recurrente insiste en su recurso en su petición de que le sea atribuida la guarda exclusiva de los hijos del matrimonio, sin hacer referencia expresa en el recurso a la atribución exclusiva, que s
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