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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 486/2012, de 11 de julio. Recurso 926/2011

Ponente: JOSE PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ
SP/SENT/685498
Gestión Documental
 Extinción de la pensión de alimentos del hijo de 27 años que percibe un promedio anual superior al salario mínimo interprofesional, se mantiene la del hijo de 22 con la obligación para la madre de notificar cuando alcance la estabilidad económica
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMANDO PARCIALMENTE LA DEMANDA de modificación de medidas definitivas instada por la representación de D. Teodulfo contra Dª Valle , se acuerda: 1º La pensión de alimentos que el padre deberá abonar en favor de los hijos Oliver y Elioenai será de 200 euros mensuales (100 para cada uno de sus hijos). Se deberá abonar por meses anticipados, en los primeros 5 días de cada mes en la cuenta corriente de la madre, y se actualizará de acuerdo con el IPC cada año. La pensión se mantendrá hasta que los hijos sean independientes económicamente de sus progenitores. 2º Se limita la atribución del uso del domicilio familiar a la madre y a los hijos por tres años más a partir de esta sentencia. No ha lugar a pronunciamiento respecto del régimen de visitas, toda vez que los tres hijos son mayores de edad. No se imponen las costas a ninguna de las partes.".
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 27 de junio de 2012.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. J
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