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Familia y Sucesiones

AP Girona, Sec. 1.ª, 309/2012, de 12 de julio. Recurso 338/2012

Ponente: FERNANDO FERRERO HIDALGO
SP/SENT/686413
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 No se atiende a la petición del marido de atribuir la mitad del garaje situado en la vivienda familiar: el art. 233-20 no lo prevé, supondría la realización de obras, se agravarían lo conflictos existentes y no se acredita su necesidad
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 Si durante el matrimonio los padres pagaban a los hijos los vehículos que usaban y que necesitan para acudir al colegio o a la universidad, así como los gastos que derivan de los mismos, deberán seguir haciéndolo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado Primera Instancia 6 Girona (ant.CI-7), en los autos nº 1503/2010, seguidos a instancias de Dª. Emma , representado por la Procuradora Dª. Carme Peix Espígol y bajo la dirección del Letrado D. Josep Viella Masegú, contra D. Ramón , representado por la Procuradora Dª. Maite de Bedoya Banús, bajo la dirección del Letrado D. Sergi Badenas Riera, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que ESTIMO parcialmente la demanda interpuesta por , en nombre y representación de Dª. Emma , y acuerdo el divorcio del matrimonio formado por Dª. Emma y D. Ramón , contraído el 8 de septiembre de 1.989 , con todos los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento , y en especial , adoptando las siguientes medidas :
1).- La guarda y custodia del hijo menor Pau se atribuye a la madre , siendo la titularidad y ejercicio de la potestad parental compartida por ambos progenitores en la forma expuesta en esta resolución.
2) .- Como régimen de visitas , D. Ramón podrá ver y estar en compañía de su hijo Pau en los momentos , lugares y forma que ambos fijen de forma consensuada.
3).- La atribución del uso del domicilio familiar - incluyendo planta piso , buhardilla y el garaje situado bajo el mismo - , sito en así como mobiliario y ajuar existente en el mismo , se efectúa a la madre Dª. Emma , que residirá en el mismo junto con los hijos Pau y Gerard.
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