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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 568/2012, de 17 de septiembre. Recurso 880/2011

Ponente: JOSE PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ
SP/SENT/691234
Gestión Documental
 Ante la gran conflictividad en las relaciones paternofiliales y la orden de alejamiento del padre respecto de la madre, se encarga al Punto de Encuentro la supervisión de las entregas y recogidas de los menores y de las medidas de apoyo necesarias
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por la procuradora Dª. Mª Isabel Martínez Navarro en nombre y representación de Dª. Rocío contra D. Conrado , debo declarar y declaro:
1º) El divorcio de los cónyuges Dª. Rocío y D. Conrado .
2º) La guarda y custodia de las menores de edad, Oriol i Laia, se encomienda a la madre; sin perjuicio de que la patria potestad será compartida por ambos progenitores, con todos los derechos y obligaciones a ella inherentes, debiendo ambos progenitores proteger los intereses de las personas y de los bienes de sus hijos, durante su minoría de edad, y alimentarles, educarles y procurarles una formación integral, velando siempre por ellos cuando los tengan en su compañía.
Cuidando especialmente el progenitor custodio de facilitar la comunicación de su hijo con el otro progenitor, absteniéndose de realizar actos o proferir expresiones que obstaculicen la relación paterno-filial, y de comunicar al padre cuantas circunstancias de interés afecten a los menores, fundamentalmente en cuestiones de sanidad y educación.
Teniendo presente, por último, que todas las decisiones de especial relevancia que afecten a los menores (cambio de colegio, elección de pediatra, celebración de actos religiosos...) han de ser tomadas por ambos progenitores de común acuerdo, o,
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