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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 611/2012, de 27 de septiembre. Recurso 36/2012

Ponente: MYRIAM SAMBOLA CABRER
SP/SENT/691427
Gestión Documental
 A pesar del derecho a la comunicación del progenitor con su hijo, no se accede a la petición de que el menor, de 6 años, acuda a visitarle a prisión, pretende además la colaboración de una tía sin saber ni su disposición ni su vinculación con el niño
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 No existe ninguna prueba que acredite que le padre carece de ingresos que le impidan atender la pensión de alimentos reducida ya a 200€
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMO PARCIALMENTE LA DEMANDA presentada por D. Carlos María contra DÑA. María Antonieta , debiéndose establecer las siguientes medidas respecto de las partes y el hijo común de ambas:
1.- Se establece como régimen de visitas a favor de D. Carlos María el siguiente, el cual empezará a ser efectivo cuando el Sr. Carlos María alcance el tercer grado penitenciario:
a) Durante los primeros seis meses, las visitas se realizarán en el Punto de Encuentro Familiar de Sabadell, los sábados alternos por la mañana durante dos horas bajo supervisión directa de los profesionales del centro.
b) Transcurridos seis meses del anterior sistema con resultado favorable, el régimen se ampliará a sábados y domingos alternos por la mañana durante dos horas bajo supervisión directa de los profesionales del centro.
c) Transcurridos seis meses del anterior sistema con resultado favorable, el régimen se ampliará a sábados y domingos alternos desde las 10:00 horas hasta las 20:00 horas, sin pernocta, y con entrega y recogida en el Punto de Encuentro Familiar de Sabadell, dicho régimen se mantendrá hasta que el Sr. Carlos María alcance la libertad definitiva.
d) Una vez que el Sr. Carlos María alcance la libertad definitiva, el régimen de visitas será, siempre que los tramos anterior
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