CARGANDO...

Familia y Sucesiones

AP Tarragona, Sec. 1.ª, 366/2012, de 31 de julio. Recurso 162/2012

Ponente: MARIA REBECA CARPI MARTIN
SP/SENT/695451
Gestión Documental
 Se confirma la atribución de la guarda y custodia a favor del padre, el hijo, ya próximo a la mayoría de edad, ha manifestado de manera reiterada su voluntad de vivir con él, y así está siendo desde hace tiempo
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 No teniendo el menor necesidad de residir en la vivienda familiar, sobre la que no tiene ningún vínculo, se mantiene la atribución a favor de la madre que presenta mayor necesidad económica, por un plazo de dos años
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Reducción de la pensión de alimentos a cargo de la madre a 150€ al mes, ante su precariedad económica
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y
PRIMERO.- Que la sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "ESTIMAR parcialmente la demanda de modificación de medidas definitivas de divorcio instadas por el Procurador Sr. López en nombre y representación de Aquilino , contra Araceli , modificando las medidas acordadas en la sentencia recaída en el procedimiento de divorcio nº 526/07 dictada por este Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Reus, en fecha 15 de noviembre de 2007 , en el siguiente sentido:
- Se acuerda la guarda y custodia del hijo menor Roberto a favor del padre, manteniéndose compartido el ejercicio de la patria potestad.
- Como régimen de visitas se establece el que de común acuerdo determinen en cada momento las partes, estableciéndose de manera subsidiaria y para el caso de desacuerdo que la madre podrá estar en compañía de su hijo fines de semana alternos desde el viernes a la salida del colegio hasta el domingo a las 20 horas y una tarde intersemanal desde la salida del centro escolar hasta las 20 horas, debiendo la madre avisar con 24 horas de antelación.
Serán por mitades las vacaciones escolares de navidad, semana santa y verano. El primer turno de navidad es desde el día 22 de diciembre hasta el 30 de diciembre y el segundo de 31 de diciembre hasta el día 6 de enero. El primer turno de las vacaciones de semana santa es des
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos