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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 623/2012, de 24 de octubre. Recurso 961/2011

Ponente: MARIA DOLORES VIÑAS MAESTRE
SP/SENT/700133
Gestión Documental
 No se reduce la pensión alimenticia de 225€ al mes para cuatro hijos, aunque uno de ellos sea mayor de edad, es una cantidad insuficiente para cubrir sus necesidades, el obligado no ha tiene impedimento para trabajar y cumplir con los alimentos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: ""FALLO: DESESTIMAR la demanda instada por la Procuradora de Tribunales Dña. Iolanda Prat Bres, en nombre y representación de la actora en la persona de Jesús María contra la demandada en la persona de Mariola , y DECLARANDO disuelto por divorcio, el matrimonio celebrado entre ambos el día 3 de agosto de 1990 en Nador ( Marruecos ), acuerdo las siguientes medidas:
- Se atribuye la Guarda y Custodia de los tres hijos aún menores de edad a la demandada, siendo la Patria Potestad compartida por ambos progenitores.
- La madre, como persona a la que se atribuye la guarda y custodia de sus hijos, seguirá disfrutando del domicilio que fuera el familiar, así como del ajuar doméstico.
- En cuanto al régimen de visitas que se establece a favor del progenitor, éste podrá verlos y comunicar con ellos los fines de semana alternos desde el sábado a las 10:00h, hasta el domingo a las 20:00h, debiéndolos reintegrar el progenitor al domicilio de la madre.
- Podrá el padre disfrutar de la mitad de los períodos vacacionales con los hijos, correspondiendo elegir su período vacacional a la madre los años impares, y al padre los años pares, y los períodos estivales, cada progenitor disfrutará de los menores por períodos de 15 días alternativos, en la forma que de común acuerde acuerden las partes, y en caso de c
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