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Familia y Sucesiones

AP Girona, Sec. 1.ª, 410/2012, de 8 de noviembre. Recurso 478/2012

Ponente: MARIA ISABEL SOLER NAVARRO
SP/SENT/702720
Gestión Documental
 El interés del menor aconseja que continúe en el entorno familiar proporcionado por la guarda del padre, si la madre hubiera cambiado su domicilio a una localidad más próxima se podrían dar los parámetros necesarios para la guarda compartida
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado Primera Instancia 2 Sant Feliu de Guíxols, en los autos nº 756/2011, seguidos a instancias de D. Juan Francisco , representado por el Procurador D. PERE FERRER FERRER y bajo la dirección del Letrado D. LLUIS FRIGOLA ROURA, contra DÑA. Fátima , representada por la Procuradora DÑA. CLAUDIA DANTART MINUÉ, bajo la dirección del Letrado D. IGNASI VILASECA GARRIGA, con intervención del MINISTERIO FISCAL, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: " FALLO: ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Pere Ferrer Ferrer, en nombre y representación de D. Juan Francisco , y acuerdo el divorcio del matrimonio formado por D. Juan Francisco y Dña. Fátima , contraído el 6 de junio de 2008, en la localidad de Sant Feliu de Guíxols, con todos los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento (disolución del régimen económico matrimonial, cese de la convivencia y revocación de poderes), y en especial, adoptando las siguientes medidas:
1. La atribución de la guarda y custodia del hijo menor Josep a D. Juan Francisco , ejerciendo conjuntamente ambos progenitores la patria potestad.
2. Como régimen de visitas a favor de Dña Fátima en relación a Josep, podrá visitarlo:
- Fines de semana alternos, desde el viernes a las 18:30 horas hasta las 18:30 horas del domingo siguiente, con pernocta en el domicilio materno. En cuanto a los puentes escolares,
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