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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 21/2013, de 15 de enero. Recurso 32/2012

Ponente: MARIA JOSE PEREZ TORMO
SP/SENT/710010
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 Aunque el nacimiento de nuevos hijos no determina la reducción de las obligaciones alimenticias, considerando que se ha producido una alteración en los ingresos el padre desde el convenio se reducen los alimentos a 200€ al mes
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: DESESTIMO íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª. Laura Esparrich Rovira, en nombre y representación de D. Fulgencio , frente a Dª. Josefina ; y, en consecuencia, no ha lugar a la modificación de la pensión de alimentos manteniéndose en cuantía de 300 euros , fijada en convenio regulador aprobado por sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de esta localidad en proceso de divorcio de mutuo acuerdo nº 593/2005; sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales causadas.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y pueden recurrirla en apelación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Barcelona, a preparar mediante escrito presentado ante este mismo Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arenys de Mar, en el plazo de cinco días desde su notificación."
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por
la parte actora mediante escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso, habiéndose opuesto asimismo el ministerio fiscal elevándose tras los trámites legales los autos a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 8 de enero de 2013, con el resultado que obra en la precedente diligencia.
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