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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 98/2013, de 11 de febrero. Recurso 112/2012

Ponente: MARIA DOLORES VIÑAS MAESTRE
SP/SENT/712809
Gestión Documental
 La exploración de menores no es un medio de prueba sometido al principio de contradicción, es una diligencia judicial con la finalidad de satisfacer el derecho a ser oído, así no dar traslado del documento que la recoge no produce indefensión
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 Se mantiene la guarda a favor de la madre que ha asumido el papel más relevante en el seguimiento educativo de la menor, la convivencia se desarrolla en condiciones de mayor tranquilidad tras el seguimiento psicológico iniciado antes de la ruptura
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 No es excesiva la pensión de alimentos de 350€ a favor de la hija que estudia en un centro público, teniendo en cuenta que los ingresos de la madre percibidos en concepto de comisiones no son estables
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: ""FALLO: ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda de divorcio interpuesta por la D. Matías , representado/a por el/la Procurador/a D/Dª d. Ramón Davi Navarro, contra Dª Leonor , representado/a por el/la Procurador/a D/Dª Cristina Imirizaldu Orzanco, con la preceptiva intervención del Ministerio Fiscal, ACUERDO LAS SIGUIENTES MEDIDAS:
Uno.- La titularidad y ejercicio de la patria potestad sobre la hija menor corresponderá a ambos progenitores.
Dos.- Se atribuye la guarda y custodia a la madre, fijándose a favor del progenitor no custodio el siguiente régimen de visitas:
1.- fines de semana alternos, desde el viernes a la salida del colegio hasta las 20:00 horas del domingo, en que deberá ser reintegrada la menor al domicilio materno. Los festivos inmediatamente anteriores o posteriores al fin de semana se entenderán comprendidos en el mismo, adelantándose la recogida de la menor a la víspera del festivo anterior al fin de semana o retrasándose la entrega de la misma a las 20.00 horas del festivo posterior.
2.- Tres días intersemanales, que se concretan en martes, miércoles y jueves, desde la salida del colegio, donde será recogida por su padre, hasta las 20:00 horas, que deberá ser reintegrada al domicilio familiar.
3.- La mitad de las vacaciones escolares, tanto de N
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