CARGANDO...

Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 137/2013, de 26 de febrero. Recurso 116/2012

Ponente: MARGARITA BLASA NOBLEJAS NEGRILLO
SP/SENT/713685
Gestión Documental
 Teniendo en cuenta que el padre está como demandante de empleo desde 2010, vive con su nueva pareja con quien ha tenido una niña, que no se han acreditado los gastos de la hija de 7 años y los ingresos de la madre, se reducen los alimentos a 250€
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: " FALLO QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE LA DEMANDA , siendo partes, por un lado, Doña María Luisa , representada por el Procurador de los Tribunales Antonio Urbea Aneiros, y por otro lado, Don Argimiro , representado por la Procuradora de los Tribunales Teresa Martí Amigó, debo decretar y decreto la disolución por causa de DIVORCIO del matrimonio formado por ellos el día 11 de septiembre de 2004 con los efectos legales inherentes, en particular disolución del régimen económico matrimonial, y sin expresa declaración en cuanto a las costas causadas, DEBO APROBAR Y APRUEBO las siguientes medidas:
1.- Se atribuye a Doña María Luisa la guarda y custodia de hija menor, Josefa , habida en común con Don Argimiro , siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores.
2.- En cuanto al régimen de visitas se acuerda, salvo mejor acuerdo entre los progenitores, el siguiente régimen:
.- Martes y jueves de cada semana desde la salida de la guardería (o colegio) hasta las 20.00 horas.
.- Fines de semana alternos desde las 10.00 horas del sábado hasta las 20.00 horas del domingo, con pernocta.
.- Vacaciones: Vacaciones de Navidad, por mitad, correspondiendo la elección de qué periodo a la madre en los años pares, y al padre en los años impares, haciendo saber el período de elec
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos