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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 116/2013, de 27 de febrero. Recurso 404/2012

Ponente: JOSE PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ
SP/SENT/714132
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 Circunstancias de carácter objetivo a ponderar para establecer la custodia compartida
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 El padre debería haber presentado un proceso de mediación en el que hubiera podido negociar con la madre la solución más favorable y adecuada al interés de los menores y no promover la custodia compartida por vía reconvencional
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 Se mantiene la custodia a favor de la madre referente vital para la organización de los menores, mientras que no hay constancia ni del entorno ni de las capacidades del padre que en el plan de parentalidad sólo ha recogido propósitos abstractos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando en parte la demanda de divorcio formulada por Araceli contra Celestino DEBO DECLARAR Y DECLARO DISUELTO POR DIVORCIO el matrimonio de los cónyuges expresados, con adopción de las siguientes medidas:
1º/ Se atribuye la guarda y custodia de los hijos menores de edad a la madre, siendo la patria potestad compartida, el padre podrá tenerlos en su compañía conforme al siguiente régimen de visitas, cuya aplicación procederá a falta de otro acuerdo entre los progenitores:
-Todos los fines de semana alternos desde el viernes a las 19:00 horas en que recogerá a los menores en el domicilio materno y hasta el domingo a las 17:00 horas que los retornará en el domicilio materno.
-Dos días intersemanales, martes y jueves desde la salida del colegio hasta las 20.00 en aquellas semanas en las que no haya tenido a los menores consigo el fin de semana y deberán coincidir necesariamente con las dos semanas al mes en que el mismo tiene turno de mañana.
-El periodo vacacional de Navidad será dividido en dos periodos de iguales desde el último día lectivo a las 18:00 horas hasta el 31 de diciembre a las 19:00 horas o desde el día 1 de enero hasta el regreso al colegio después de vacaciones. La elección de los periodos será para el padre en los años impares y para la madre en los pares. El padre
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