Familia y Sucesiones
AP Barcelona, Sec. 12.ª, 104/2013, de 22 de febrero. Recurso 710/2012
Ponente: MYRIAM SAMBOLA CABRER
SP/SENT/718812
Se reduce la pensión alimenticia con efectos desde esta sentencia al haber disminuido el coste de la educación de la hija, sin que el hecho de estar afiliada a la ONCE exonere "per se" a sus padres de su obligaciones
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimo parcialmente la demanda de Modificación de Medidas definitivas presentada por el procurador Sr. López Jurado, en nombre y representación de Enrique , contra Marí Juana respecto a la sentencia de divorcio de fecha de 30 de julio de 2010, y acuerdo lo siguiente: 1º. Se establece una pensión de alimentos en favor de la hija y a cargo del padre en cuantía de 400 euros mensuales a abonar dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que designe la madre y que se actualizará anualmente, cada primero de enero, conforme al IPC. 2º Que, al margen de lo anterior, los gastos extraordinarios de la hija serán abonados al 50% por ambos progenitores. Sin expresa condena en costas.".
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial. Habiéndose solicitado y practicado prueba en esta alzada, con el resultado que obra en el rollo.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 6 de febrero de 2013.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MYRIAM SAMBOLA CABRER.
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