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Familia y Sucesiones

AP Tarragona, Sec. 1.ª, 119/2013, de 8 de marzo. Recurso 626/2012

Ponente: ANTONIO CARRIL PAN
SP/SENT/719421
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 No se accede a la petición de custodia del padre pues no consta que exista relación ni vinculación con el niño, ni sus aptitudes para cuidarlo, carece además de vivienda propia; la madre se ha encarado de él sin recibir ayuda del padre
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 No se reduce la pensión de alimentos de120€, pues el padre no contribuye al pago de la vivienda de forma distinta que con la pensión, sus ingresos son difíciles de determinar al estar su trabajo vinculado a las explotaciones de sus padres
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ANTECEDENTES DE HECHO
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y
PRIMERO.- La sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Que estimando parcialmente la demanda planteada por la representación procesal de Casimiro sobre GUARDA, CUSTODIA Y ALIMENTOS contra Magdalena seguida en este Juzgado, se declaran los siguientes efectos sobre el hijo menor de ambos, Oliver:
1. La patria potestad será compartida.
2. Se atribuye a la madre Magdalena la guarda y custodia del menor.
3. Se establece el siguiente régimen de comunicaciones y visitas con el progenitor no custodia Casimiro :
-Durante el primer año, computado desde la fecha de la presente sentencia, el régimen de visitas a favor del padre consistirá en un día intersemanal, sin pernocta. Dicho régimen será de una hora a tres horas, estimándose que durante los cuatro primeros meses desde el dictado de la presente sentencia debe ser de una hora, ampliándose a dos horas a partir del quinto mes hasta el octavo inclusive y que a partir del noveno mes debe establecerse en tres horas.
A falta de acuerdo entre las partes para la fijación del día sería el miércoles a partir de la salida de colegio.
Las visitas ser realizarán en el lugar que designe la madre y en presencia del familiar que la madre determine y comunique al Sr. Casimiro .<
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