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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 179/2013, de 14 de marzo. Recurso 858/2012

Ponente: JOAQUIN BAYO DELGADO
SP/SENT/720131
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 Atendida la edad de la hija, 16 años, cuya relación con la madre está muy deteriorada se descarta la custodia materna, y el régimen de relación queda al acuerdo entre ellas
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 Custodia compartida por semanas del hijo de 11 años, dada la buena relación con ambos progenitores, que es el criterio legal preferente y que hasta ahora el régimen de visitas con el padre era amplio
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 Siendo los ingresos del padre el doble que los de la madre, quien tiene atribuido el uso de la vivienda se fija la pensión alimenticia en 100€ a cargo de la madre y 250 a cargo del padre
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 Se mantienen fuera de la pensión alimenticia los costes de las actividades extraescolares practicadas hasta el momento de común acuerdo
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 Se rechaza la pretensión de atribución del uso de la vivienda hasta la independencia económica del hijo, cuando sea mayor de edad se reevaluará la situación si la beneficiaria ejercita la posibilidad de prórroga del art. 233-20.5 CCC
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debía ACORDAR ESTIMAR parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Dª OLANDA LÓPEZ GRAÑA en nombre y representación de Dª Felicisima contra D. Julián representado por el Procurador D. JESUS MIGUEL ACIN BIOTA y en el que ha intervenido el Ministerio Fiscal decretándose:
1º. La disolución por divorcio del matrimonio formado por Dª Felicisima y D. Julián .
Remítase testimonio de esta sentencia al Registro Civil de Barcelona donde se encuentra inscrito el matrimonio a fin de que se realicen las anotaciones e inscripciones que procedan.
2º. Efectos legales:
a. Los cónyuges podrán vivir separados cesando la presunción de convivencia conyugal.
b. Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro.
c. Salvo pacto en contrario cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.
3º. Efectos personales y patrimoniales:
a. La potestad parental de los menores será compartida.
b. Se atribuye el uso de la vivienda familiar, sita en la CALLE000 núm. NUM000 - NUM001 , escalera NUM002 , NUM003 , NUM004 a Dª Felicisima atribució
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