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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 101/2013, de 19 de febrero. Recurso 405/2012

Ponente: MYRIAM SAMBOLA CABRER
SP/SENT/720135
Gestión Documental
 No se ha acreditado que los hijos rechacen a su madre ni que no les proporcione un entorno organizado, el sistema de guarda establecido es el adecuado ante la distancia geográfica existente entre los domicilios
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 Aunque la guarda y cuidado diario de los hijos se haya atribuido a la madre, la responsabilidad parental es conjunta
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 No procede acceder a una reducción pequeña de la pensión alimenticia, 50 euros, cuando comprende de forma específica el derecho de habitación de los menores
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es la siguiente: "ESTIMO PARCIALMENTE LA DEMANDA de GUARDA Y CUSTODIA, RÉGIMEN DE VISTAS Y ALIMENTOS, interpuesta por Dº. Victorio , representada por la Procuradora Dª. Ana Mª. Montal Gibert y defendido por la Letrada Dª. Sílvia Cuatrecasas Cuatrecasas, contra Dª. Rafaela representada por la Procuradora Dª. Mª: Teresa Martí Amigó, y asistida por la Letrada Dª. Mireia Fontanet i Sanjuán, y a su vez DESESTIMANDO LA DEMANDA RECONVENCIONAL interpuesta por Dª. Rafaela contra Dº. Victorio .
En consecuencia ACUERDO LAS SIGUIENTES MEDIDAS:
A) Se atribuye el uso y disfrute de la vivienda de la CALLE000 , nº. NUM000 de la localidad de Esparraguera, a la esposa Dª. Rafaela juntamente con ambos menores, pero se limita temporalmente tal derecho hasta el momento en que la madre juntamente con los hijos abandone dicho domicilio para trasladar su residencia a la localidad de Torrent (Valencia).
B) Se atribuye la guarda y custodia de los menores Edemiro y Elisenda , a la madre Dª. Rafaela , siendo la patria potestad compartida entre ambos progenitores.
C) Se fija en favor del padre el siguiente régimen de visitas :
-Fines de semana alternos desde el viernes a las 18:00 horas, hasta el domingo a las 20:00 horas, así como todos aquellos fines de semana con puente de ámbito nacional o del colegio de los menores.
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