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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 293/2013, de 24 de abril. Recurso 602/2012

Ponente: JOAQUIN BAYO DELGADO
SP/SENT/720708
Gestión Documental
 En interés de los menores resulta más adecuado que se vuelvan a relacionar con su madre, en el punto de encuentro más cercano, 4 horas los sábados y durante 3 meses, se suspendió el régimen cuando en una ocasión no los devolvió
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Mínguez, en nombre y representación de DON Eleuterio contra DOÑA María Antonieta , acuerdo las siguientes medidas:
1.- Ambos progenitores ostentarán y ejercerán conjuntamente la patria potestad de sus hijos menores Marc y Ferran, quienes estarán bajo la guarda y custodia del padre.
2.- Se establece el siguiente régimen de visitas a favor de la madre: fines de semana alternos desde el viernes a la salida del colegio hasta el domingo a las 20:00 horas en que la madre los reintegrará en el domicilio paterno. Si el fin de semana coincidiera con un viernes o lunes festivo o con un puente, se añadirán estos días al fin de semana. Asímismo la mitad del periodo vacacional de verano, desde la finalización del curso escolar hasta el reinicio del mismo. Las quincenas comprenden alternativamente, del 1 al 15 de julio; del 16 al 31 de julio; del 1 al 15 de agosto y del 16 al 31 de agosto. Los años pares comenzarán el régimen con el padre y los impares con la madre. Los intercambios se realizarán a las 10 horas en el domicilio paterno. Las vacaciones de Navidad y Reyes, los menores las disfrutarán con cada uno de sus progenitores por mitad. La primera mitad abarca desde el último día de colegio hasta el 31 de diciembre a las 17 horas, y la segunda desde esta fecha hasta el último día fest
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