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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 602/2013, de 26 de julio. Recurso 1379/2012

Ponente: JOSE PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ
SP/SENT/739036
Gestión Documental
 Olvida la resolución al no establecer el ejercicio conjunto de la guarda el mandato legal de adoptar las medidas que sean más favorables al interés de los menores, que tienen derecho a crecer con los cuidados y educación de ambos progenitores
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 El coordinador de parentalidad planificará con ambos progenitores y con atención a los hijos la normalización del nuevo sistema de custodia compartida establecido, para que un plazo no superior a 2 meses desde el inicio del curso escolar sea efectivo
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 Se desautoriza la matriculación de los menores por el padre en un colegio en Barcelona, pues ha sido adoptada de forma unilateral, sin contar con el consentimiento de la madre ni la autorización judicial
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 Intentando conciliar los intereses de los menores pernoctarán en el domicilio de la madre durante el curso escolar los domingos, lunes y martes, y con el padre los miércoles y jueves, con la alternancia de los fines de semana hasta el domingo
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 Cada progenitor atenderá los gastos básicos de los hijos cuando los tenga en su compañía e ingresará en la cuenta común 125€ para cada hijo, cuenta que será administrada cada curso escolar por un progenitor
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 Atribución del uso de la vivienda familiar a favor de la madre durante 3, tiempo prudencial pues no es razonable mantener la limitación sobre una propiedad inadecuada a las posibilidades económicas de los litigantes y a las necesidades de los hijos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: QUE ESTIMO PARCIALMENTE la demanda formulada por Rosalia contra Jose Antonio y acuerdo lo siguiente:
1.- Declaro la disolución del matrimonio por divorcio entre Rosalia y Jose Antonio , con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.
2.- Atribuyo la guarda y custodia de los menores Joel y Marc a la madre Rosalia . La patria potestad será compartida por ambos progenitores.
3.- Atribuyo el uso y disfrute del domicilio familiar sito en la CALLE000 nº NUM000 , NUM001 NUM002 de la localidad de Mollet del Vallés con su ajuar, a Rosalia , para que resida en compañía de sus hijos menores de edad.
4.- Acuerdo el siguiente régimen de visitas:
- Fines de semana alternos desde el viernes a la salida del colegio hasta el domingo a las 20:00 horas en que serán restituidos por el padre en el domicilio materno.
- Dos días intersemanales, martes y jueves, desde la salida del colegio o de la actividad extraescolar, donde serán recogidos los menores Joel y Marc por su padre, hasta el miércoles y el viernes al inicio de las clases en el centro escolar.
- En cuanto a las vacaciones, la mitad de las vacaciones de verano las pasarán los menores Joel y Marc con cada uno de los progenitores, con elección l
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