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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 761/2013, de 6 de noviembre. Recurso 1259/2012

Ponente: JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON
SP/SENT/744359
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 Extinción de la pensión de alimentos de la hija mayor de edad por haber accedido al trabajo, con efectos desde la presentación de la demanda de modificación de medidas
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el/la Procurador/a de los Tribunales Sr./a. Mª CARMEN DOMENECH FONTANET, en nombre y representación de D./Dña. Luciano , contra D./Dña. Violeta , representado/a por el Procurador/a D./Dña. JOAN MANUEL FABREGAS AGUSTI, y habiendo sido parte el MINISTERIO FISCAL, debo acordar y acuerdo la modificación de la Sentencia dictada por este Juzgado y Juzgadora en fecha 15 de febrero de 2010, en el sentido de declarar extinguida la pensión alimenticia que el Sr. Luciano debía abonar mensualmente a favor de su hija Coral .
En cuanto a los gastos extraordinarios de Coral , se mantiene la obligación del Sr. Luciano de abonar la mitad de los gastos médicos de tal hija que no estén cubiertos por la Seguridad Social hasta el mes de febrero de 2014, incluido; con particular referencia a los gastos de dentista, que no obedezcan a razones simplemente estéticas, y los gastos de óptica de la menor, quien padece miopía, y al parecer tiene varias dioptrías, por lo que precisa lentes o lentillas correctoras.
Todos estos gastos extraordinarios han de ser consensuados por las partes o, en su defecto, autorizados por el Juez. E incluso los progenitores deben ponerse de acuerdo previamente sobre el facultativo a elegir, y sobre cualquier extremo de interés que afecte a su hija.
No se podrá r
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