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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 663/2013, de 5 de noviembre. Recurso 1306/2012

Ponente: MARIA DOLORES VIÑAS MAESTRE
SP/SENT/749543
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 Aplicación del CCCat por la residencia habitual de los cónyuges de nacionalidad inglesa y francesa; se determina la ley aplicable por el art. 107 CC pues al presentar la demanda no estaba en vigor el RUE 1259/2010
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 Aprobación del convenio regulador que recoge el contenido mínimo del plan de parentalidad con los pactos sobre el ejercicio de las responsabilidades parentales y de la guarda y no perjudican a la hija de 16 años
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada de fecha es del tenor literal siguiente "FALLO: ESTIMO la demanda de divorcio interpuesta por Raquel contra Abelardo , y decreto judicialmente la DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO POR DIVORCIO de dichos cónyuges, con todos los efectos legales inherentes a dicha disolución y con las medidas adoptadas en esta resolución, sin hacer especial condena en las costas causadas en la tramitación de la presente causa.
1º Atribuyo la guarda y custodia de los hijos menores, Demetrio , de 17 años, y Concepción , de 15 años, a su madre, Raquel , manteniendo el resto de las funciones de la patria potestad compartida, por lo que ambos progenitores habrán de actuar de consuno en todas aquellas cuestiones relevantes para la formación, desarrollo integral y prevención de la salud de su hija, absteniéndose de adoptar decisiones unilaterales, y sometiendo a la decisión judicial las controversias que puedan surgir en el ejercicio de las responsabilidades derivadas de la filiación.
2º El régimen de comunicación paterno-filial será el que libre y flexiblemente acuerden el padre y sus hijos menores, y en su defecto, respecto de Concepción , estará con su padre la mitad de las vacaciones de Navidad y de verano, correspondiendo al padre la primera mitad en los años pares y la segunda en los impares, y las vacaciones de Semana Santa. En el caso de que sean los hijos los que viajen para estar en compañía del padre, éste asu
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