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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 91/2014, de 10 de febrero. Recurso 1184/2012

Ponente: MARIA DOLORES VIÑAS MAESTRE
SP/SENT/756228
Gestión Documental
 Ante los indicadores de riesgo de los menores bajo la custodia materna, alcoholismo, evasión de responsabilidades parentales, poca implicación emocional, se atribuye la custodia a favor del padre, responsable y con suficientes capacidades
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 Por la ausencia de garantías de una atención adecuada por la madre, se restringe el régimen de visitas de los hijos, será fines de semanas alternos sin pernocta y se mantiene el seguimiento de los Servicios Sociales de ambos núcleos familiares
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 Dadas las especiales circunstancias de la madre, económicas y personales, se mantiene a su favor el uso de la vivienda, art. 233-20.4 CCCat, pues lo contrario la conduciría a una situación de exclusión social que perjudicaría a los hijos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada de fecha 17-5-2011 es del tenor literal siguiente: ""FALLO: ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora Dª maría Begoña Calaf López, en nombre y representación de Dª Carla , contra D. Mario , estableciéndose los siguientes efectos:
1.) Se decreta el divorcio de los cónyuges Dª Carla y D. Mario
2.) Ejercicio de la responsabilidad parental de forma compartida
3.) Atribución de la guarda y custodia a la madre y los menores, con atribución del uso y disfrute del domicilio familiar ( PLAZA000 nº NUM000 , NUM001 NUM001 , Sant Pere de Ribes) y del ajuar y mobiliario del mismo.
4.) Régimen de visitas: de D. Mario estará en compañía de sus hijos menores fines de semana alternos desde la salida del colegio o actividad extraescolar el viernes hasta el lunes por la mañana que deberá dejarlos en el colegio. Durante la semana, los martes por la tarde desde la salida del colegio o actividad extraescolar hasta la entrada en el colegio el miércoles, y el jueves por la tarde desde la salida del colegio o actividad extraescolar hasta las 21:00 horas que deberá reintegrarlos en el domicilio materno.
5.) El padre y la madre tendrán derecho a comunicar una vez al día con sus hijos durante los periodos/días que no estén en su compañía los menores
6.) Vacaciones: de
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