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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 65/2014, de 29 de enero. Recurso 1123/2012

Ponente: FRANCISCO JAVIER PEREDA GAMEZ
SP/SENT/757001
Gestión Documental
 Aunque no es de aplicación el CCCat por no estar en vigor al iniciarse el procedimiento, para evitar la discriminación entre hijos matrimoniales y no matrimoniales, se limita el uso de la vivienda hasta la mayoría de edad de los hijos, art. 233-24
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ANTECEDENTES DE HECHO
1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA
El día 29 de diciembre de 2010 la Sra. Sabina presentó demanda en la que solicitaba que se dicte sentencia por la que se le otorgue la custodia de los hijos, Andrés y Enrique , nacidos en 2002 y 2007, con un régimen de visitas estandarizado para el padre de fines de semana alternos, mitad de navidad -unas horas repartidas para día de Navidad y Reyes- y semanas santas alternas y semanas blancas también y cuatro periodos en verano), asignación de uso de domicilio familiar y pago por el padre de 400 euros de alimentos para cada hijo.
El Sr. Jose Carlos contesta y alega que la vivienda es de su exclusiva propiedad, con gastos de 485 euros al mes, de modo que la cesión de uso tiene un valor. Solicita que se limite el uso hasta la mayoría de edad de los hijos, al amparo del art. 233-24 CCCat . Analiza los datos económicos, dice que sus ingresos se han reducido a 1.708 euros al mes y fija los gastos de los menores en 606 euros al mes. Pide que si no hay semana blanca, la semana santa se reparta por mitad y que la madre pague los gastos de vivienda al amparo del art. 233-23.2 CCCat .
El Ministerio Fiscal se reserva el informe.
La sentencia recurrida, de fecha 19 de diciembre de 2011, aclarada por Auto de fecha 9 de enero de 2012, estima parcialmente la demanda y fija como medidas definitivas las establecidas en los autos de 3 de mayo de 2011 y 8 de
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