CARGANDO...

Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 197/2014, de 18 de marzo. Recurso 42/2013

Ponente: JOSE PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ
SP/SENT/758540
Gestión Documental
 No hay riesgo para la hija de 12 años por la epilepsia del padre: además de que el riesgo de sufrir un brote es remoto puede controlarla; por lo que no hay razón para que vayan acompañados de un tercero ni que las estancias en verano sean semanales
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 No se enjuicia la pretensión sobre los alimentos que ha sido formulada sin los mínimos requisitos legales establecidos en el artículo 461.2 de la LEC
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: " ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la procuradora Dª Mercedes Ramos, en nombre y representación de D. Ovidio , contra Dª Evangelina ; y en consecuencia adopto las medidas definitivas que a continuación se exponen:
1º.- Se mantienen la totalidad de las medidas fijadas en la sentencia nº 60/10, dictada en este Juzgado, el 25 de marzo de 2010 , en los autos de Guarda, Custodia y Alimentos de hijo menor nº 983/2009, con excepción de las que a continuación se exponen.
2º.- Se establece en favor del padre, D. Ovidio , un régimen de visitas, comunicaciones y estancias, con la hija menor de las partes, Nuria , consistente en:
- Durante los seis meses siguientes al dictado de la presente resolución: fines de semana alternos, desde el sábado a las 10:00 horas hasta el domingo a las 20:00 horas; y un día intersemanal, concretamente el miércoles, desde la salida del colegio hasta las 20:00 horas. Los meses de julio y agosto, se distribuirán por mitad entre ambos progenitores, por semanas alternas, en virtud de acuerdo y en su defecto, corresponderá la elección del periodo a la madre en los años pares y al padre en los impares. Las vacaciones escolares de Semana Santa y Navidad, se distribuirán por mitad entre ambos progenitores, con elección del periodo por acuerdo entre las partes y en su defecto, corresponder
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos