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Familia y Sucesiones

AP Tarragona, Sec. 1.ª, 125/2014, de 21 de marzo. Recurso 421/2013

Ponente: ANTONIO CARRIL PAN
SP/SENT/761195
Gestión Documental
 Como recomienda el informe técnico el padre es el progenitor más cualificado para la custodia del menor, que ha mejorado su comportamiento agresivo en el colegio, mientras que la madre no ha superado su problemas psiquiátricos
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 El entorno sociológico y el arraigo del menor, junto con su padre y otros parientes, tiene mayor entidad que la relación con una hermana de 14 años de edad que no vive con la madre, quien además no tiene domicilio propio
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 Se rechaza la petición de la madre de que se fije en 50€ la prestación alimenticia por su carencia de ingresos, pues la cuantía de 150€ a la que está obligada es la mínima de mera subsistencia admisible
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 No existe incongruencia porque el Tribunal se haya manifestado respecto a los traslados del menor aunque no lo solicitaran las partes, pues se trata de una cuestión interés del menor sobre la que puede pronunciarse de oficio
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 Seguirá el padre trasladando al menor para que se relacione con la madre, pues dada su patología se estaría poniendo en riesgo al menor si ella los realizara en coche y dada su situación económica es muy problemático que los pueda realizar
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ANTECEDENTES DE HECHO
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y
PRIMERO.- La sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Debiendo estimar y estimando la modificación de las medidas definitivas acordadas en sentencia:
Guarda y custodia: en lo sucesivo la guarda y custodia de Roman deberá ser ejercida por el padre, D. Inocencio .
Régimen de visitas con el progenitor no custodio: Se fija el siguiente régimen de visitas entre Roman y Dña. Yolanda :
1) Régimen semanal de visitas: Roman podrá estar en compañía de Dña. Yolanda fines de semana alternos desde la salida del colegio (en que deberá ser trasladado por D. Inocencio al domicilio materno) hasta el domingo a las 19.00 horas (será recogido por D. Inocencio en el domicilio materno).
2) Vacaciones de verano: los meses de julio y agosto se repartirán en quincenas, de forma que cada progenitor disfrutará de una quincena de forma alternativa. En caso de desacuerdo entre los dos progenitores sobre la distribución de las quincenas, el padre elegirá los años pares y la madre los impares.
3) Vacaciones de Navidad: se repartirán por mitad. La primera mitad comenzará el última día de colegio antes de las vacaciones hasta el día 30 de diciembre a las 19.00 horas y la segunda mitad desde el 30 de diciembre hasta el día anterior a la reanudación escolar a las 19.00
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