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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 289/2014, de 29 de abril. Recurso 24/2013

Ponente: JOSE PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ
SP/SENT/763011
Gestión Documental
 Los menores, que han expresado de manera firme querer vivir con su padre, están bien atendidos y han mejorado tanto su compartimiento como su rendimiento escolar desde que están con él, aunque debe prestar atención a la animadversión hacia su madre
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 No se han tenido en cuenta los gastos de desplazamiento de la madre para cumplir los periodos de estancia, por lo que se fija su contribución a los alimentos en 300€, 150 para cada hijo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: " Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Jose Maria Ramirez Bercero en nombre y representación de D. Luis Pablo contra Dª. Socorro , representada por la Procuradora Dª. María Carmen Comabasosa Gamir, debo acordar las siguientes medidas definitivas:
"- Guarda y custodia de los dos hijos menores a favor del padre, siendo la patria potestad, titularidad y ejercicio compartida por ambos progenitores.
- La madre estará con sus hijos un fin de semana al mes, que será, a falta de acuerdo, el tercero de cada mes, debiendo de ser el padre quien costee los gastos de transporte de los menores desde el lugar donde éstos residan hasta El Prat. Asimismo al finalizar la jornada escolar deberán de emprender su viaje, y regresar el domingo a última hora, no más allá de las 20.00 horas, en que deberán de estar ya en su domicilio.
- Respecto del régimen de Navidades y Semana Santa serán de disfrute íntegro por la madre, siendo el periodo vacacional de Navidades el comprendido entre el último día escolar de diciembre y el siguiente al de la festividad de Reyes; y respecto del régimen de Semana Santa, será el fijado por el calendario escolar en la localidad en la que los menores van a pasar a residir.
Respecto del régimen de vacaciones de verano, en atención a que comprenden dos m
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