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Familia y Sucesiones

AP Tarragona, Sec. 1.ª, 148/2014, de 4 de abril. Recurso 274/2013

Ponente: MARIA DEL PILAR AGUILAR VALLINO
SP/SENT/765714
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 Se mantiene la custodia paterna, pues como refleja el informe desde la separación la situación de la madre ha empeorado, no respeta los planes de los servicios sociales apreciando una situación de riesgo para el hijo
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 No se atiende la adhesión del Fiscal al recurso de la madre: además de no tener legitimación en un recurso sobre alimentos para un mayor de edad, se basa en la prueba insuficiente de la presentación del certificado de empadronamiento
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ANTECEDENTES DE HECHO
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y
PRIMERO.- La sentencia apelada modifica las medidas acordadas en la sentencia de divorcio respecto a los hijos menores, cambiando la custodia para otorgársela al padre, con una pensión alimenticia a cargo de la madre.
SEGUNDO.- Se interpuso recurso de apelación impugnando los pronunciamientos relativos a la custodia del hijo menor y a los alimentos.
Admitido en ambos efectos, se dió traslado a la parte apelada para alegaciones, en cuyo trámite solicitó la desestimación del recurso y confirmación de la sentencia. El Ministerio Fiscal se adhirió al motivo de apelación referente a la pensión alimenticia de la hija mayor.
TERCERO.- Remitidas las actuaciones a esta Audiencia, se incoó el Rollo correspondiente, habiéndose procedido a deliberación y votación por este Tribunal el día señalado, con el resultado, por unanimidad, que se expresa.
VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª Mª Pilar Aguilar Vallino.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La sentencia apelada atribuye la custodia de los hijos al padre en base a todas las pruebas, entre ellas, el Informe Técnico de cuyas apreciaciones concluye que actualmente resulta más conveniente que los hijos menores estén con el padre ante la situación apreciada durante la convivencia con la madre quien no ejercía la custodia de forma adecuada.
La apelante trata de acreditar que tiene una situación de estabilidad suficiente para hacerse cargo del hijo pequeño y puede prestarle mejor atención que la que recibe conviviendo con el padre y abuela paterna, manifestando que ella se encargó de su cuidado desde su nacimiento sin que se haya demostrado una deficiente atención y custodia, reseñando los distintos informes en los que no se constata ningún problema en este sentido.
La sentencia apelada basa su decisión en los Informes de los Servicios Sociales y del SATAF que expone de forma detallada y de los que resulta la falta de idoneidad de la madre para el cuidado del menor. La valoración que hace de estos informes responde a una correcta apreciación de su contenido, siendo adecuada su conclusión de que desde la separación definitiva de los padres, la situación de la madre ha empeorado y no respeta los planes de contención establecidos por los servicios sociales apreciando una situación de riesgo para el hijo por la desprotección que supone la falta de con
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