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Familia y Sucesiones

AP Tarragona, Sec. 1.ª, 141/2014, de 2 de abril. Recurso 789/2012

Ponente: ANTONIO CARRIL PAN
SP/SENT/766379
Gestión Documental
 Atendiendo a las recomendaciones de la psicóloga sobre ampliar las relaciones de la menor de 4 años con el padre, que tiene aptitudes para cuidarla, se establecen modificaciones en la relación con él hasta la instauración de la guarda compartida
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 Cuando la menor cumpla 5 años se instaurará el régimen de guarda compartida por semanas alternas
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 Una vez se instaure la guarda compartida, aunque la disolución de la copropiedad de la vivienda sería lo aconsejable, dado que ha sido el hogar de la madre y la menor desde su nacimiento se mantienen el uso a favor de la madre
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 Cuando la guarda pase a ser compartida la contribución del padre a los alimentos será de 50€, en compensación con su aportación de vivienda a la menor, y la de la madre 150
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ANTECEDENTES DE HECHO
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y
PRIMERO.- La sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Román Gómez en nombre y representación de D. Jesús Luis , frente a Dª. Serafina representada por la Procuradora Sra. Polo Aibar, debo decretar y decreto el DIVORCIO del matrimonio contraído por D. Jesús Luis y Dª. Serafina , el 4 de Julio de 2.009, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración, estableciendo como medidas complementarias la posibilidad de los litigantes de vivir separados, cesando la presunción de convivencia conyugal, declarándose revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de ellos hubiere otorgado a favor del otro, cesando igualmente la posibilidad, de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica, decretando como medidas adicionales:
1. En todo caso:
- Dª. Serafina y D. Jesús Luis ostentarán de forma compartida la potestad sobre hija menor común Marta , atribuyendo la guarda de la misma a su progenitora Dª. Serafina .
- En todo caso, cada progenitor, en los periodos que la menor se halle con cada uno, habrá de favorecer la comunicación telefónica con el otro progenitor, sin interferir los horarios de Marta .
- Tau quedará bajo la guarda de Dª. Serafina en tanto c
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