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Familia y Sucesiones

AP Lleida, Sec. 2.ª, 208/2014, de 2 de mayo. Recurso 14/2014

Ponente: MARIA DEL CARMEN BERNAT ALVAREZ
SP/SENT/770033
Gestión Documental
 Es necesario acomodar el régimen de visitas para cumplir con el régimen de progresividad, así los 3 meses siguientes a esta resolución las visitas serán sábados y domingos alternos de 10 a 20 horas y trascurridos otros 3 meses con pernoctas
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 En las inminentes vacaciones de verano el régimen de visitas seguirá siendo de fines de semana, mientras que las próximas de Navidad, Semana Santa y verano ya se dividirán por mitad
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 Será la madre quien se encargué de recoger a los menores y devolverlos al domicilio del padre custodio, residen a una distancia de 100 km y el padre no dispone de coche y la propia madre asumió en la vista que ella se encargaría
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La transcripción literal de la parte dispositiva de la Sentencia dictada en fecha 9 de septiembre de 2013 , es la siguiente:
"
FALLO
ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por Carla , contra Luis Angel y la reconvención interpuesta por Luis Angel contra Carla , y en consecuencia, acuerdo las siguientes medidas:
1) Atribuir al padre Luis Angel la guarda y custodia de los hijos Arturo e Carlos , siendo la potestad parental compartida.
2) Establecer el siguiente régimen de estancia de la madre Carla con los hijos comunes:
Los seis primeros meses, a contar desde la fecha de la presente resolución, los hijos estarán con su madre un sábado al mes, entre las 10 y las 20 horas, en que serán reintegrados al domicilio paterno. La madre deberá comunicar al padre el sábado elegido, con al menos 15 días naturales de antelación.
Los siguientes seis meses los hijos estarán con la madre los sábados alternos, desde las 10 hasta las 20 horas.
Al año, las estancias serán de fines de semana alternos, desde las 20 horas del viernes hasta las 20 horas del domingo. Si hubiera un festivo o puente, éste acrecerá al fin de semana, correspondiendo la estancia al progenitor que tenga consigo a los menores, desde las 20 horas del último día del colegio hasta las 20 horas d
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