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Familia y Sucesiones

AP Tarragona, Sec. 1.ª, 215/2014, de 6 de junio. Recurso 186/2014

Ponente: ANTONIO CARRIL PAN
SP/SENT/775377
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 El regreso de la madre con el menor de Almería, que los padres residen a 32km, tienen casa propia y disponibilidad para cuidarle, justifica en su interés la guarda compartida, por semanas y no por días para evitar traslados y facilitar el contacto
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 Las vacaciones en los meses de julio y agosto se dividirán por quincenas alternas y el menor será recogido por el progenitor correspondiente en el domicilio del que lo tenga en su compañía al inicio de cada quincena
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 Los alimentos serán sufragados por cada progenitor en el tiempo que el menor esté con cada uno y los gastos de vestido, colegio y los extraordinarios por mitad
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 En interés del menor los progenitores deberán esforzarse en establecer alguna forma de comunicación entre ellos y facilitarán la comunicación de su hijo con el otro progenitor, como derecho personal del niño
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ANTECEDENTES DE HECHO
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y
PRIMERO.- La sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "ESTIMAR PARCIALMENTE LA PRETENSIÓN DE MEDIDAS DEFINITIVAS DERIVADAS DE LA UNIÓN DE HECHO solicitadas por la Procuradora de los Tribunales Dña. Esther Amposta Matheu, actuando en representación de Dña. Mariana , frente a D. Indalecio , en el procedimiento de Guarda y Custodia nº9/13, acordando judicialmente las siguientes medidas personales y patrimoniales:
1.- Se declara la extinción de la convivencia more uxorio entre la unión estable de pareja compuesta por Doña. Mariana y Indalecio .
2.- Se declara la titularidad conjunta de la patria potestad sobre el menor, Severiano , en sus progenitores, Doña. Mariana y Indalecio .
3.- Se atribuye definitivamente el ejercicio de la patria potestad , así como la guarda y custodia del menor, al padre, Don. Indalecio .
4.- Se reconoce en favor de la madre, Doña. Mariana , el régimen de visitas, establecido en el Plan de Parentalidad anexo .
5.- Se establece la obligación de abonar en concepto de pensión alimenticia la cantidad de 100 euros al mes, junto con la mitad de los gastos extraordinarios que se devenguen del cuidado y educación del menor, Severiano , a cargo de Doña. Mariana , y en beneficio de su hijo, pagaderos por adelantado, dentro
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