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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 326/2014, de 15 de mayo. Recurso 184/2013

Ponente: FRANCISCO JAVIER PEREDA GAMEZ
SP/SENT/779032
Gestión Documental
 No es comparable el régimen relacional de los abuelos y el de un padre separado, pues algunas circunstancias, como la muerte prematura del padre, pueden aconsejar, en beneficio de los menores, que se intensifique su relación
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 La situación actual de enfriamiento y distanciamiento de las menores requiere una progresividad para la reanudación de unos vínculos adecuados con sus abuelos, debiendo también la madre propiciar que las niñas les reconozcan
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 Se mantiene el horario de las visitas de los miércoles de las menores con sus abuelos, pasarán 2 horas con ellos el día de Reyes y semanalmente se comunicarán un día. El régimen se puede ampliar una vez restablecida la normalidad relacional
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ANTECEDENTES DE HECHO
1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA
El día 3 de abril de 2012 el Sr. Maximino y la Sra. Estela presentaron demanda de juicio verbal en solicitud de un régimen de visitas con los nietos, contra su madre la Sra. Otilia , en la que solicitan que se dicte sentencia por la que se determine dicho régimen de visitas de miércoles de 17 a 20 horas, un fin de semana al mes de viernes a domingo, salvo que las niñas tengan partido de fútbol, en cuyo caso las visitas comenzarían después del partido el sábado o acabarían antes, los sábados a las 20 h., si el partido es el domingo, el día de Sant Esteve de 12 a 20 horas, el de Reyes de 16 a 20 h. y una semana en verano piden que la madre las lleve y los abuelos las devuelvan y que se permita el contacto telefónico y por correo electrónico. Relatan que su hijo y su familia vivía en la vivienda colindante y que las niñas Coral y Loreto nacieron el NUM000 de 2003. Los padres se separaron en 2007, falleciendo el padre de accidente el año 2009. Madre e hijas viven en Sant Celoni y los abuelos en Sant Esteve de Palautordera. Dicen que la madre dificulta las relaciones de los abuelos con sus nietas y narran hechos de los que se sienten dolidos en su integridad moral.
El Ministerio Fiscal se reserva el informe.
La Sra. Otilia contesta y alega que se opone a las peticiones de contrario por considerarlas perjudiciales para los menores. Admite que en Sant Esteve y Reyes iban a comer
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