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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 593/2014, de 10 de septiembre. Recurso 575/2013

Ponente: FRANCISCO JAVIER PEREDA GAMEZ
SP/SENT/785628
Gestión Documental
 No cabe incrementar la pensión alimenticia para incluir los gastos de desplazamiento de la menor en las visitas, pues ser trata de un gasto ordinario. El padre pagará el viaje de Sevilla a Barcelona y la madre el de regreso
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 Aunque se hubiese demostrado la participación de la esposa en la adquisición de la vivienda familiar esto no justificaría la concesión de la compensación económica del art. 232-5 CCCat, sino que sólo tendría derecho al pago de un crédito
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 No se ha acreditado un desequilibrio económico que permita fijar una prestación compensatoria, pues el nivel de ingresos es similar, incluso superior el de la esposa que no ha probado la dedicación a la familia haya comprometido su acceso al trabajo
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ANTECEDENTES DE HECHO
1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA
1.1 El día 28 de marzo de 2011 el Sr. Cipriano presentó demanda de disolución de matrimonio por divorcio en la que solicitaba que se dicte sentencia por la que se declare el divorcio con los efectos que interesa. Relata que los litigantes, casados en 1998 y con una hija, Carlota , nacida en 1999, rigen su separación por auto de medidas provisionales de febrero de 2011. Dice que trabaja como mecánico de automóviles autónomo y que madre e hija se han ido a vivir a Sevilla y pide que no se atribuya el uso de la vivienda familiar y que, salvo que vuelvan a Barcelona (en cuyo caso pide la guarda compartida) se atribuya la guarda de la hija a la madre, con visitas y atención de gastos de viaje que concreta, y pago de 200 euros de alimentos al mes a su cargo.
La Sra. Adriana contesta y se remite a la demanda que se ha acumulado, en la que pide pensión compensatoria y compensación económica.
1.2 En la demanda acumulada, presentada el día 31 de marzo de 2011, la Sra. Adriana sostiene que el divorcio le produce un desequilibrio y que ha contribuido económicamente a la adquisición de la vivienda familiar, que figura a nombre del esposo, y reclama una compensación económica que no cuantifica y una prestación compensatoria de 200 euros durante 10 años.
El Sr. Cipriano contesta y dice que solo él ha ido pagando el préstamo hipotecario y que la esposa ha r
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